TESTIMONIO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 28/92 ------------------------------- ARTICULO 1.- Modifícase el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 82/91, el que en ade- ------------ lante quedará redactado como sigue:------------------------------- "ARTICULO 3.- La eximición alcanzará a las propiedades de los com- ------------- ponentes del Cuerpo Activo de Bomberos Voluntarios siempre que: a.- El beneficiario ejerza la titularidad del dominio.- b.- Sea su única propiedad inmueble.- c.- Constituya la residencia familiar regular y permanente del interesado y su familia. El beneficio establecido por la presente Ordenanza, alcanzará asi- mismo, a las propiedades cuya titularidad de dominio sea ejercida por los padres de algún componente del Cuerpo Activo de Bomberos Voluntarios siempre que se cumplan los requisitos de los incisos b.- y c.- precedentes.--------------------------------------------- ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-------------------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordina- ria, a los catorce días del mes de mayo de mil novecientos noventa y dos. FIRMA- DO: Dr. Norberto A. Pilone - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.---------